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Centro de Participación Vecinal "3 de Junio": Lex dura Lex

Lex dura Lex

La ley es dura pero es la ley.

La Ley de Comunas fue sancionada por la legislatura porteña en Septiembre de 2005. Es la Ley 1777. Está disponible en este blog haciendo clic en la pestaña Comunas del inicio de la página.
En su TÍTULO III Cap. 1. Art. 20.- marca expresamente que "la convocatoria a elecciones de integrantes de las Juntas Comunales es efectuada por el Jefe de Gobierno".

La LEY 2405, también sancionada por la legislatura porteña en Agosto de 2007, en su Art. 1.-agrega que "el Jefe de Gobierno convocará a elecciones para que el día 10 de agosto de 2008 se elijan las autoridades comunales".


El 3 de Mayo de 2008, el Jefe de Gobierno Mauricio Macri, refiriéndose a las elecciones comunales, manifestó en Radio Mitre que "las veo más apuntando a que se realicen el año que viene."
Si Macri, en cuanto Jefe de Gobierno, desconoce una ley emanada del Poder Legislativo de un Estado republicano, ¿estamos ante un desconocimiento de la división de poderes? ¿Ante un avance del Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo?
De ser así, se trataría de una situación sumamente grave para la salud del Estado de la Ciudad de Buenos Aires.

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